CAMPO CLAUSURADO.

CINCO PARTIDOS DE CLAUSURA DEL CAMPO CON MULTA ACCESORIA por incidentes de público calificados como muy graves. No otra consideración merecen a este órgano disciplinario los hechos recogidos en el acta, conforme a la cual, en el minuto 70 el Sr. árbitro se vió obligado a detener el partido, activando el protocolo antiviolencia verbal al recibir por parte de los aficionados del club ahora sancionado, diversas amenazas, que motivaron el que el partido estuviera detenido durante dos minutos, si bien, pudo reanudarse el partido y alcanzarse su finalización, momento en el cual, varios aficionados del equipo local sancionado, agredieron al Sr. árbitro y a sus padres, que se encontraban presentes en las instalaciones, teniendo que ser asistidos los tres de las diversas lesiones padecidas a consecuencia de tales agresiones, que a buen seguro se produjeron como consecuencia de la inexistencia de vallas o elementos físicos de separación entre el terreno de juego, los accesos a vestuarios y la zona destinada al público, lo que, desde luego deberá ser corregido por el club sancionado cuando vuelva a programar cualquier partido federado en su campo, bajo la advertencia que de no mediar tales elementos de separación, no se iniciará el partido, pudiéndose llegar a suspender el mismo y ser adoptado por este Comité el acuerdo contemplado bien en el artículo 82.1, 84, 85 o 90, todos ellos del Reglamento Disciplinario de la FFCM, con las consecuencias disciplinarias derivadas de su aplicación. A todo lo anterior, no pueden oponerse las alegaciones vertidas por parte del club sancionado, que se limitan a condenar los hechos acaecidos y motivadores de la presente sanción, así como mostrar su disposición a localizar a los autores de los mismos, sin que, al día de la fecha, se haya puesto de manifiesto ninguna acción destinada a tal fín, y que, en cualquier caso, no mitigarían las consecuencias de su negligencia y pasividad en la prevención de los hechos finalmente acaecidos, así como en el impedimento de que los mismos finalmente tuvieran lugar, con las consecuencias lesivas descritas en los partes de lesiones de las tres personas agredidas, puestos a disposición de este órgano disciplinario, y que nunca se deberían haber producido en un partido de fútbol. VILLASECA DEPORTES.